El pasado 1 de septiembre de 2023 entraron en vigor nuevas medidas establecidas en el Real Decreto-ley 1/2023 relacionadas con las bonificaciones a la Seguridad Social para la contratación de personal investigador. Estas modificaciones suponen un avance significativo respecto al marco anterior, regulado por el Real Decreto 475/2014, con el objetivo de estimular de forma más efectiva la inversión empresarial en investigación e innovación, destacando especialmente el fomento del empleo entre jóvenes menores de 30 años y mujeres investigadoras.
Bajo la normativa anterior del RD 475/2014, las empresas podían obtener bonificaciones en las cuotas empresariales de Seguridad Social para personal investigador siempre que este tuviese una dedicación exclusiva a actividades clasificadas como I+D+i. Los trabajadores debían pertenecer a los grupos de cotización 1, 2, 3 y 4, y podían estar contratados mediante modalidades indefinidas, contratos en prácticas o contratos por obra y servicio. La bonificación no tenía limitación temporal específica, siempre que se cumplieran estrictamente los requisitos técnicos y administrativos exigidos por la ley.
La nueva regulación del Real Decreto-ley 1/2023 introduce varios cambios importantes con la finalidad de fomentar especialmente la contratación de determinados colectivos considerados estratégicos. Uno de los aspectos más relevantes es que ahora las bonificaciones oscilan entre un 40% y un 50% del coste de contingencias comunces, dependiendo de circunstancias específicas relacionadas con el perfil del trabajador contratado. Se incluye una bonificación adicional del 5% cuando el personal investigador contratado sea menor de 30 años y otro 5% adicional en el caso de que se trate de una mujer, pudiendo sumarse ambos porcentajes para alcanzar una bonificación máxima adicional del 10%.
Además, la nueva normativa establece restricciones claras respecto al tiempo de duración del incentivo, fijándose ahora en tres años desde la fecha del alta del trabajador en la Seguridad Social. Otro cambio significativo es que estas bonificaciones únicamente aplican a nuevas contrataciones indefinidas, eliminando así la posibilidad de bonificar contratos temporales o en prácticas, lo que simplifica pero restringe las opciones disponibles para las empresas.
Estos nuevos criterios introducen además mayor complejidad administrativa y técnica en la gestión de estos incentivos, lo que implica la necesidad de mantener controles más rigurosos y precisos sobre la documentación técnica y administrativa. Igualmente, se mantiene la obligación de obtener un Informe Motivado Vinculante (IMV) para empresas que bonifiquen a diez o más investigadores, lo que refuerza la importancia de un asesoramiento especializado.
En COOIDi Consultores somos expertos en esta materia y entendemos perfectamente la complejidad burocrática, la terminología técnica especializada y las exigencias administrativas que conlleva este tipo de incentivos. Por ello, acompañamos a las empresas en cada etapa del proceso, simplificando la gestión y asegurando el cumplimiento estricto de los requisitos normativos para maximizar el ahorro económico y minimizar cualquier riesgo.

